REGLAMENTO DEL CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS
De acuerdo al decreto 565 de 1990, se ha decidido establecer el siguiente reglamento interno que regula el centro general de padres del Colegio El Alba de Macul.
TITULO PRIMERO: Definición y funciones del centro de padres:
Art 1º El centro de Padres, es un organismo que representa a todos los padres y apoderados de nuestro colegio. Teniendo como función principal compartir y colaborar en los propósitos educativos y sociales de establecimiento Art. 2º El Centro General, tendrá como objetivo principal: a. Vincular estrechamente el hogar de los alumnos y alumnas con el COLEGIO EL ALBA DE MACUL y propender a través de sus miembros, a que se mantengan y perfeccionen los hábitos, aptitudes e ideales que hacen posible su educación. b. Apoyar la labor del COLEGIO EL ALBA DE MACUL, comprometiéndose en su Proyecto Educativo y colaborando en su prosperidad material c. Estimular la cooperación, participación e integración del COLEGIO EL ALBA DE MACUL con la comunidad local y viceversa d. Mantener, mediante reuniones periódicas, un vínculo permanente con la Dirección del Colegio, para el cumplimiento de los objetivos de éste y del Centro de Padres e. Proponer y/o patrocinar ante las autoridades del Colegio , iniciativas en beneficio de la educación de los estudiantes f. Interesar a sus miembros en la mejor formación de sus hijos o pupilos y capacitarlos para ello, mediante actividades adecuadas de perfeccionamiento en los aspectos moral, educacional y cívico social g. Orientar sus recursos, preferentemente para dotar al Colegio de la infraestructura y material didáctico, especialmente en la creación de bibliotecas, adquisición de libros y útiles escolares, equipos audiovisuales, laboratorios, equipos deportivos y otros de la misma naturaleza. h. Incentivar la cooperación de los Padres y Apoderados, en materia relacionada con aspectos de salud, socioeconómicos y educacionales de los alumnos, a través de programas de atención médica, becas de estudio, bienestar y otras de la misma naturaleza, pudiendo destinar los recursos necesarios para ello. i. Representar ante la Dirección los problemas que afecten a un curso, grupos de cursos o al Colegio completo, buscando en conjunto las soluciones de los mismos.
TITULO SEGUNDO De la elección y la directiva. Art. 3º.- Se procederá a elegir en forma democrática a los integrantes. Ocupando los cargos que se señalan; Presidente, Vice-presidente, secretaria y tesorero. Art. 4º.- Las personas elegidas se desempeñaran por un 1 año en los diferentes cargos. Art. 5°.- La elección se realizarán en el colegio durante el mes de noviembre de cada año.
TITULO TERCERO: De los requisitos.
Art. 6º.- Podrán postular todos los apoderados que tengan una permanencia de a lo menos un año en el colegio. Art. 7º.- Ser mayor de 21 años. Art. 8º.- No encontrarse en situación condicional ni el alumno o el apoderado.
Art. 9º.- Ser padre o apoderado titular.
TITULO CUARTO: De las votaciones.
Art. 10º.- Podrán votar todos los apoderados de Prebásica a 3º medio. Por cada estudiante podrá votar un solo padre, madre o apoderado
Art. 11º.- Del consejo general de presidentes de cada curso se elegirá a 5 apoderados que conformara el comité calificador de elecciones. Este comité recibirá las inscripciones de las listas de postulantes, hasta el último día hábil del mes de octubre..
Art. 12º.- La lista que obtenga la mayoría, conformarán la Directiva del CGPA.
Art. 13º.- El escrutinio se realizará en presencia de los apoderados asistentes, el comité calificador levantará un acta oficial con los resultados.
Art. 14º.- La Dirección del colegio procederá a publicar oficialmente los resultados de la elección Art. 15º- De no presentarse apoderados postulantes para los diferentes cargos, se hará un proceso de inscripción para los apoderados que en forma voluntaria quieran asumir estos cargos y será este grupo el encargado de elegir entre ellos sus funciones específicas. Art. 16º.- La nueva directiva será investida el primer día hábil de diciembre, día en que cesa en sus funciones la actual directiva.
TITULO QUINTO: La directiva del CENTRO GENERAL DE PADRES tendrá las siguientes obligaciones.
Art. 17º.- Desempeñar el cargo con responsabilidad.
Art. 18º.- Asistir a todas las reuniones y o actividades que el colegio realice. Art. 19º.- Elaborar un plan de acción para ejecutar el programas y proyectos presentado en el momento de postular a las elecciones Art. 20º.- Dar a conocer el plan de acción en la primera reunión del consejo escolar que se realiza en el mes de marzo de cada año Art. 21º.- Convocar a reuniones del consejo de delegados, a lo menos, 1 vez al semestre. Art. 22º.- Nombrar a dos delegados para participar en las reuniones del consejo escolar Art. 23º.- Supervisar las actividades que realizan los organismos internos del centro y sus comisiones.
Art. 24º.- Apoyar decididamente aquellas iniciativas resueltas por los subcentros que contribuyan al mejor desarrollo de las prácticas educativas y de convivencia del colegio.
TITULO SEXTO: De los dineros Art 25º.- La cuota que cada familia donará al centro, a comienzo de año, para su funcionamiento se determinará en noviembre. No pudiendo ser mayor de 0.5 utm
Art. 26º.- Todos los dineros reunidos se destinarán para financiar las actividades del plan de acción del centro de padres. Art. 27º.- En la última reunión del año se deberá informar a todos los microcentros a través de un balance de los dineros gastados por el centro.
Art. 28º.- La tesorería del centro deberá mantener actualizado el libro de caja que llevará con todos los movimientos de dinero ocurrido en el periodo, lo cual podrán revisar todos los presidentes de los microcentros. Art. 29º.- Todos los gastos deberán ser justificados con boletas de compra y venta o en su defecto con comprobantes debidamente timbrados. Art. 30º.- Cualquier situación no prevista en este reglamento será regulada por el reglamento oficial del ministerio para el funcionamiento de los centros de padres y será resorte del Director cualquier situación que le competa al colegio.
Centro General de Padres y Apoderados Colegio el Alba de Macul
|
Comunidad Educativa >